El centro, territorio vedado para terrazas en el centro

Carlos H. Sanz
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El Ayuntamiento solo otorgará permisos en barrios y dependerá de la población y de las plazas para estacionar, según la última propuesta del equipo de Gobierno

El centro, territorio vedado para terrazas en el centro - Foto: Óscar Navarro

El nuevo texto de la ordenanzas, que la próxima semana el equipo de Gobierno de Miriam Andrés debatirá con cada grupo político para intentar alcanzar un acuerdo para de cara a su aprobación, recoge negro sobre blanco los requisitos que un establecimiento hostelero debe cumplir para tener terraza. 

La autorización se concederá solo si se instala «en la misma vía pública o en la contigua a donde se realice la actividad de hostelería» y deberá estar ubicad en la zona más próxima a la fachada del establecimiento, a una distancia inferior a 25 metros. La superficie máxima será de 100 m² y cuando coincidan varias terrazas en una misma calle se mantendrá una alineación.

«Como normal general no se autorizarán terrazas en la calzada, zona de aparcamiento de vehículos, zonas de carga y descarga, parada de transportes públicos, zonas ajardinadas, accesos a centros públicos, locales de espectáculos, zonas de paso de peatones, rebajes para personas con movilidad reducida, ni pavimento táctil indicador», recoge el nuevo texto, lo que que hace referencia, sobre todo, a las  denominadas terrazas-covid. 

Al respecto, se sigue apostando por la misma fórmula que en noviembre, que esos permisos se autoricen «excepcionalmente» en zonas de aparcamiento y siempre en función de los «planes de dinamización de barrio». Eso sí, no se concederán permisos para este tipo de veladores el centro de la ciudad y allí donde se pueda, deberá valorarse la densidad de población, el número de aparcamientos en la zona y la opinión de la asociación de vecinos.

Tampoco valdrá utilizar zonas de aparcamiento para una segunda terraza, ya que el establecimiento solicitante no deberá tener autorizada terraza en acera ni posibilidad de tenerla; y, en toco caso deberán cumplir las condiciones de seguridad y tener una superficie total inferior a 30 m². 

«El espacio concedido se situará frente al proyectado por el ancho de la fachada, con una ocupación máxima de dos plazas de aparcamiento en cualquiera de sus situaciones: línea o batería. Obligatoriamente, deberán contar con un suelo elevado y enrasado con la acera que sea desmontable y estarán prohibidos los palés porque lo que se deberá contar con «materiales resistentes, inoxidables y que no emitan sonidos molestos».