El jurado dictamina que el crimen de Aguilar fue un asesinato

ALBERTO ABASCAL
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Los 9 miembros asumen la atenuante de drogadicción para Iván S.B. · La Fiscalía pide ahora para él 15 años y un día de cárcel, la acusación particular 18 años y la defensa 10 manteniendo el homicidio

El jurado dictamina que el crimen de Aguilar fue un asesinato - Foto: ALMUDENA ÁLVAREZ (EFE)/ SARA MUNIOSGUREN

Un jurado popular, formado por cinco hombres y seis mujeres, decidió hoy por unanimidad con su veredicto que Iván S.B., de 32 años, autor confeso de matar con un cuchillo de grandes dimensiones a Óliver G.G., de 47 años y vecino de Aguilar de Campoo, el 15 de abril de 2021, es culpable de asesinato. 

El jurado, después de rehacer a lo largo de la tarde hasta en dos ocasiones el objeto del veredicto puesto que no había concordancia o, en su caso, no estaban justificadas algunas de las respuestas emitidas, finalmente pasadas las 20,30 horas compareció en la sala de vistas de la Audiencia Provincial para hacer pública su decisión final tras dilucidar un cuestionario formado por una veintena de preguntas tras dos jornadas de juicio.

Definitivamente, el jurado se pronunció de manera unánime en dos elementos fundamentales: que Iván S.B. era culpable de asesinato y que actuó bajo la influencia de las sustancias estupefacientes.Este juicio comenzó a tomar cuerpo el pasado lunes en la Audiencia Provincial de Palencia. Iván S.B había reconocido con anterioridad haber sido el autor de la muerte violenta de Óliver G.G, un hecho que la Fiscalía y la defensa habían calificado inicialmente como un delito de homicidio, mientras que la acusación particular se escoraba hacia el homicidio agravado o asesinato al entender que hubo alevosía. El acusado declaró en la vista que estaba bajo la influencia de las drogas y que temía por su vida porque su víctima le amenazaba y extorsionaba.

El jurado dictamina que el crimen de Aguilar fue un asesinatoEl jurado dictamina que el crimen de Aguilar fue un asesinato - Foto: ALMUDENA ÁLVAREZ (EFE)/ SARA MUNIOSGURENDe hecho, el propio encausado había admitido los hechos ocurridos el 15 de abril de 2021 en un bar del paseo de La Cascajera de Aguilar de Campoo, donde había acudido a dejar 150 euros para Óliver G.G. El encausado, consumidor habitual de sustancias estupefacientes, manifestó que reaccionó atacándole con el cuchillo que siempre llevaba consigo porque temía por su vida, ya que anteriormente le habían apuñalado, y que después grabó un vídeo que difundió por las redes sociales y varios audios de whatsApp reconociendo los hechos.

El letrado de la acusación particular, Benito González, que representa a la familia de la víctima, siempre insistió en la declaración de los testigos presenciales señalando que ninguno vio en qué momento Iván sacaba el cuchillo, como la del forense señalando que el cadáver de Óliver G.G. no presentaba heridas defensivas, lo que, a su juicio, determinaba claramente que «el ataque fue sorpresivo» y que, por tanto, hubo una intención para cometer el crimen.

PETICIÓN DE PENAS. Tras la lectura del veredicto, las acusaciones pública y particular, además de la defensa,  tuvieron que presentar su petición final de penas para el encausado atendiendo siempre al veredicto emitido por los nueve miembros del jurado popular. En este sentido, la Fiscalía, que inicialmente solicitaba para Iván S.B. 12 años de prisión, finalmente pide para él 15 años y un día de cárcel, así como una indemnización global para la familia de la víctima cuantificada en 175.000 euros.

Por su parte, la acusación particular solicita (pedía inicialmente 25 años de cárcel) un total de 18 años de prisión y 200.000 euros de indemnización en materia de responsabilidad civil. 

Por último, la defensa, que siempre argumentó que hubo homicidio pero no asesinato al no existir alevosía, sigue manteniéndose en el delito de homicidio para su cliente (solicitaba inicialmente cinco años de cárcel teniendo en cuenta varias atenuantes), con una petición de penas ahora de 10 años de cárcel y la misma indemnización en favor de la familia de la víctima solicitada por el Ministerio Fiscal. 

A partir de ahora, el ponente de la Audiencia Provincial, Mauricio Bugidos, será el encargado de redactar la correspondiente sentencia con arreglo al veredicto del jurado y las peticiones de penas fijadas por las acusaciones pública y particular, así como la defensa.

El primer juicio con jurado popular que se celebró en España fue precisamente en Palencia el 27 de mayo de 1996, contra un vecino de la provincia acusado de matar a su hermano a cuchilladas. En los últimos 27 años han llegado a celebrarse en Palencia un total de 14 vistas orales con participación de jurados populares, incluida la de esta semana con el caso del denominado crimen del machete en Aguilar de Campoo.

Por último, cabe decir que tras la sentencia publicada por la Audiencia Provincial la misma puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.