Los ciudadanos de Castilla y León podrán pedir una segunda opinión médica en un mayor número de patologías, tanto en hospitales públicos como concertados, después de que este jueves el Gobierno autonómico haya dado luz verde a la modificación de la normativa que regula este derecho de los pacientes. Este cambio sobre un decreto que data del año 2007 servirá para introducir entre las patologías susceptibles de una segunda opinión médica a las enfermedades raras y sin diagnóstico; el trasplante de órgano sólido desestimado por parte de un centro trasplantador de la Comunidad; la cirugía de columna infanto-juvenil; la cirugía cardíaca, o «cualquier otra enfermedad que suponga para el paciente un riesgo para su vida o para la calidad de ésta, entendida como una amenaza de incapacidad o menoscabo importante para su vida cotidiana y profesional». Todo ello para que los pacientes puedan adoptar una decisión «informada, consciente, participativa y autónoma».
La modificación del texto sirve para incluirle en la norma las tecnologías y nuevas terapias incorporadas a la sanidad pública, tal y como destacó el portavoz de la Junta, Carlos Fernández Carriedo. El documento establece así que «serán personas beneficiarias de la segunda opinión médica los pacientes del Sistema de Salud de Castilla y León que reciban asistencia en cualquiera de los centros de atención especializada propios, concertados o vinculados a la red asistencial sanitaria de utilización pública». Es decir, que esta ampliación de las patologías que pueden contar con una segunda opinión médica abarcara a los hospitales del Sacyl como a los que tengan conciertos con la Consejería de Sanidad.
Una decisión, defendió Fernández Carriedo, que el Ejecutivo autonómico toma para que Castilla y León siga siendo un «referente» en la prestación de servicios públicos y avanza en la equiparación de los derechos de los ciudadanos de las diferentes comunidades.
Se añaden a las existentes. Las nuevas patologías incorporadas al catálogo del Sacyl se unen a las que ya estaban presentes en el texto del año 2007, como las enfermedades degenerativas del sistema nervioso central, excepto la demencia senil; las enfermedades degenerativas del sistema nervioso periférico; las enfermedades desmielinizantes, y las neoplasias malignas, excepto las neoplasias de piel que no sean melanomas.
Otra de las modificaciones introducidas es la relativa al supuesto de desestimación de la indicación de trasplante de órgano sólido, que será atendido en centros trasplantadores extracomunitarios, excepto en el caso del trasplante renal, para el que Castilla y León dispone de dos centros autorizados, por lo que, en este último caso, la segunda opinión se atenderá en un centro propio. Para la solicitud de segunda opinión a un centro trasplantador de otra comunidad será preceptiva la autorización de la Coordinación Autonómica de Trasplantes de Castilla y León y la de la comunidad receptora.